Sr. Albares; no se puede devolver a "hasta la última persona". No porque España no pueda devolver a quienes hayan entrado irregularmente, sino porque antes tiene la obligación de saber quién es cada una de esas personas y si concurre alguna circunstancia que impida jurídicamente su devolución
“Hasta la última persona que ha entrado irregularmente en España volverá a Marruecos”. Con esta contundencia ha querido zanjar José Manuel Albares cualquier controversia sobre el futuro de los miles de personas que permanecen en Ceuta desde las entradas del 30 y el 31 de julio. Asistimos, una vez más, a una nueva ofrenda al país vecino, que se suma a la larga cadena de gestos y concesiones que los sucesivos gobiernos españoles han realizado al reino alauí. Pero esta vuelve a producirse bajo un Gobierno socialista –ante la pasividad e impotencia de sus socios de izquierda– que se reivindica promotor de algunos de los avances sociales más importantes de los últimos años, que se presenta como defensor de los derechos de las mujeres y de las personas LGTBIQ+ y que presume de haber aprobado una ley integral para proteger a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Ese mismo Gobierno es el que ahora, como ya ocurrió antes, vuelve a exhibir, por boca de su ministro de Exteriores –y no solo de él–, mano dura frente a las personas migrantes y convierte las devoluciones en una promesa política. El problema es que los instrumentos internacionales, europeos y nacionales no permiten cumplir esa promesa
Sr. Albares; no se puede devolver a “hasta la última persona”. No porque España no pueda devolver a quienes hayan entrado irregularmente, sino porque antes tiene la obligación de saber quién es cada una de esas personas y si concurre alguna circunstancia que impida jurídicamente su devolución. Nadie puede garantizar de antemano un resultado universal y, a la vez, respetar un procedimiento cuyo sentido es precisamente que el resultado no está decidido de antemano. Es imposible que el ministro sepa, ni a fecha de sus declaraciones ni a día de hoy, que absolutamente todas las personas que permanecen en Ceuta pueden ser devueltas; a no ser, claro, que esté dispuesto a vulnerar las leyes. Porque es materialmente imposible que entre las decenas de miles de personas que entraron no haya quienes necesiten protección internacional.
El artículo 23 del Reglamento de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 1155/2024, permite la devolución de quienes pretendan entrar irregularmente en España, pero establece expresamente que, aun cuando exista una resolución de devolución, esta no podrá ejecutarse y quedará suspendida cuando se formalice una solicitud de protección internacional; cuando se ponga de manifiesto que la persona es víctima de trata; cuando existan indicios de que pueda tratarse de una persona menor de edad no acompañada; o cuando determinadas circunstancias de enfermedad o embarazo hagan incompatible la medida. La persona sometida al procedimiento tiene, además, derecho a asistencia jurídica y a intérprete. Y la normativa sobre asilo impide igualmente devolver a quien haya solicitado protección internacional mientras se decide sobre su solicitud. Tampoco el nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo permite convertir esa valoración individual en una decisión colectiva. Incluso una normativa europea concebida para acelerar y endurecer la gestión de las fronteras obliga a comprobar previamente quién es la persona que tenemos delante y qué circunstancias concurren en ella.
El propio Gobierno reconoce que unas 2.500 de las personas que continúan en Ceuta podrían ser potenciales solicitantes de asilo y, sin embargo, hasta ayer Interior solo había concluido alrededor de 500 expedientes, la mayoría desestimados. Hace apenas cuatro días se informaba de unas 200 solicitudes rechazadas y de tan solo una próxima a obtener una respuesta positiva. La pregunta no es solo cuántas solicitudes se han rechazado, sino cómo se ha llegado a esas conclusiones y con qué garantías. ¿Quién ha entrevistado a esas personas, durante cuánto tiempo y en qué condiciones? ¿Han contado todas ellas con asistencia jurídica y con intérpretes profesionales en una lengua que realmente comprendieran? ¿Se ha dispuesto de personal preparado para identificar indicadores de trata, violencia sexual, persecución por orientación sexual o identidad de género, violencia machista o trauma, u otros? No son preguntas retóricas, el Defensor del Pueblo ha reclamado al Gobierno exactamente esos datos, incluida la cifra de personas que han pasado el triaje que exige la normativa europea. Porque precisamente para descubrir aquello que una persona perseguida o traumatizada puede no ser capaz de contar en una primera conversación existen los procedimientos, las garantías y el examen individualizado. Un Estado de derecho no puede sustituirlos por un filtro exprés destinado a cumplir una consigna política.